Solicitar una carta poder hasta el 10 de marzo

La solicitud de un poder es para los votantes que no pueden ir a votar por sí mismos.

Para las elecciones del 15 de marzo de 2023, se puede solicitar una carta poder hasta el 10 de marzo de 2023. La solicitud de un poder es para los votantes que no pueden ir a votar por sí mismos, por ejemplo, debido al trabajo, enfermedad o vacaciones. El votante puede entonces autorizar a otro votante a votar en su nombre. Es decir, votar por poder. El apoderado sólo puede votar por poder al mismo tiempo que su propio voto. Tenga en cuenta que los empleadores están obligados a dar a los votantes la oportunidad de emitir su voto si esto no posible fuera del horario laboral.

Hay dos tipos diferentes de poderes,  la carta poder que se puede solicitar hasta el 10 de marzo de 2023 y el poder privado que se puede emitir hasta el día de las elecciones.

La carta poder

Para solicitar una carta poder, el votante puede descargar el formulario correspondiente en: https://www.bonairestemt.nl/wp-content/uploads/Verzoek-om-bij-volmacht-te-stemmen.pdf   o recoger el formulario en el Departamento de Registro Civil en Kaya Neerlandia 40 y entregar el formulario completo allí. Tanto la fecha límite para la solicitud de la carta poder como el procedimiento están establecidos en la Ley Electoral.

El votante como el apoderado llenan parte de este formulario. Después de la aprobación de la solicitud, el apoderado recibe un comprobante de poder que le permite votar en nombre del otro votante. El apoderado solo puede emitir este voto de poder en persona en el centro electoral, y no por escrito.

¡Atención!

No es posible revocar una carta poder, así que piense bien si desea autorizar  y a quién desea otorgar la autorización. Porque una vez que se haya solicitado una carta poder, su propia tarjeta electoral será declarada inválida. El número de serie de su tarjeta electoral aparecerá en la lista de tarjetas electorales no válidas. Como resultado, ya no podrá votar por sí mismo ni obtener una tarjeta electoral de reemplazo.

Poder privado

Aparte de la carta poder, también se puede otorgar un poder privado hasta en el mismo día de las elecciones. Para dar esta autorización, un votante utiliza la parte de la tarjeta electoral (parte trasera) que está destinada para ello. El votante debe completar los datos y firmar la tarjeta electoral junto con el apoderado. Para este poder también se aplica que solo puede ser emitido por alguien que vote personalmente en el mismo centro electoral para las mismas elecciones.

Al votar, el apoderado debe mostrar (una copia del) documento de identidad de la persona que otorga el poder. Este documento no debe haber caducado más de 5 años en el día de la votación. En el caso de un poder privado, el apoderado también puede mostrar el documento de identidad del otorgante en un smartphone o tableta. El gobierno nacional intenta prevenir el abuso con copias de documentos de identidad. Se recomienda a las personas que hagan una copia de su documento de identidad y que escriban lo siguiente en la copia:

  • que es una copia
  • a quién va dirigida la copia
  • la fecha en que se entrega la copia
  • El votante tacha su número de seguro social (BSN) o número de tarjeta de identidad

A diferencia de la carta poder, un poder privado puede ser revocado. Por ejemplo, si el otorgante del poder finalmente tiene la oportunidad de ir a votar personalmente. Esto se puede hacer solicitando que el poder convertido en tarjeta electoral se devuelva al representante. Con esta tarjeta electoral se puede votar como de costumbre.

Un máximo de 2 poderes

La persona autorizada a votar por otra persona, el apoderado, solo puede aceptar un máximo de 2 poderes por elección. Este(os) voto(s) delegado(s) solo se pueden emitir al mismo tiempo que el voto propio. El apoderado presenta el certificado de poder al centro electoral. Además, el centro electoral comprueba su identidad y su tarjeta electoral antes de permitirle votar.

Reclutamiento

No se puede enfatizar lo suficiente que la iniciativa de otorgar un poder corresponde al votante y ¡no a su apoderado! Está estrictamente prohibido reclutar votos por poder (solicitar sistemáticamente a los votantes que firmen y entreguen su tarjeta electoral). Tampoco está permitido sobornar a un votante mediante un regalo o una promesa, ni obligarlo de otra manera a otorgar un poder.