Educación obligatoria

La Ley de Educación Obligatoria de las Islas BES establece que los niños tienen la obligación de asistir regularmente a la escuela.

La Ley de Educación Obligatoria de las Islas BES establece que los niños tienen la obligación de asistir regularmente a la escuela. Las disposiciones de esta ley se aplican a los niños de entre 4 y 18 años y están vigentes desde el 1 de enero de 2011.

La ley establece todas las obligaciones y normas relativas a los deberes de los padres o tutores, tales como:

  • Inscribir a los niños en una escuela
  • Asegurarse de que los niños asistan a la escuela todos los días

Todas las escuelas han recibido un manual sobre la educación primaria y secundaria en el que se abordan, entre otros, los siguientes temas:

  • la educación obligatoria;
  • la inscripción y la baja en las escuelas;
  • la suspensión y la expulsión de los alumnos;
  • los casos excepcionales;
  • cuándo es posible una exención de la obligación y
  • qué normas se aplican en relación con el absentismo escolar.

La ley entra en vigor cuando un niño cumple los cuatro (4) años de edad y finaliza cuando el joven cumple 18 años o al término del año escolar en el que el joven haya obtenido, como mínimo, su diploma de MBO nivel 2, HAVO/VWO o un título equivalente reconocido por el ministro de Educación.